Lamentable: Pasivos de hidrocarburos sin culpables en Tumbes

Tras la información remitida por el OEFA y Perupetro, y la posterior conclusión de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos (DGAAH), el Ministerio de Energía y Minas publicó recientemente una norma para establecer la ausencia de responsables de los pasivos ambientales hallados en dos distritos de la región Tumbes, dentro del Lote XX.

La resolución Nº 317-2020-Minem/DM declara la condición de Responsable No Identificado respecto de los pasivos ambientales del subsector hidrocarburos de Riesgo Medio correspondientes a los pozos contenidos en las Fichas Nos. F00755, F00711 y F05618, ubicados en los distritos de Zorritos, así como el contenido en la Ficha N° F00727 ubicado en el distrito de Canoas de Punta Sal, pertenecientes a la provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, en el área del Lote XX.

Acorde al artículo 2 de la Ley N° 29134, se define al pasivo ambiental del subsector hidrocarburos como aquellos pozos e instalaciones mal abandonados, los suelos contaminados, los efluentes, emisiones, restos o depósitos de residuos ubicados en cualquier lugar del territorio nacional, incluyendo el zócalo marino, producidos como consecuencia de operaciones en el subsector hidrocarburos, realizadas por parte de empresas que han cesado sus actividades en el área en donde se produjeron dichos impactos.

La misma ley, en su artículo 4, establece que el Minem tiene a su cargo la determinación de los responsables de los pasivos ambientales del subsector hidrocarburos, tomando en cuenta, entre otros aspectos, que en todos aquellos casos en donde no sea posible identificar a los responsables de los pasivos ambientales, el Estado asume progresivamente su remediación.

Es más, de la citada ley, y según el artículo 12, se señala que en los casos en los que el OEFA no pueda contar con información acerca de los titulares de los pasivos ambientales identificados, el Estado asume progresivamente, y según su disponibilidad presupuestal la remediación de los mismos, priorizando los de mayor urgencia de remediación dada su situación de riesgo, en resguardo de la salud humana, la protección del ambiente, los ecosistemas y los recursos naturales pasibles de afectación.

La misma resolución del Minem, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, añade que, de lograrse la identificación del responsable respecto de los pozos, el Estado podrá repetir contra él e iniciar las acciones que correspondan.

 

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