El cálculo de la potencia firme de las centrales hidroeléctricas, para el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2026 al 30 de abril de 2030, se determinará con base en 7 horas de regulación diarias, ha establecido el Ministerio de Energía y Minas, a través de la RM 170-2026.
Según la Ley de Concesiones Eléctricas, la potencia firme es aquella que puede suministrar cada unidad generadora con alta seguridad; y en el caso de las centrales hidroeléctricas, esta potencia se determina con una probabilidad de excedencia de 95%.
Cada cuatro años, o a la unión de dos o más sistemas eléctricos, el Minem fija las horas de regulación y la probabilidad de excedencia mensual para efectos de la evaluación de la potencia firme hidráulica, dependiendo de las características propias de cada sistema eléctrico y de la garantía exigida a los mismos.
La Dirección General de Electricidad señaló que el análisis técnico correspondiente al periodo 2026-2030 sustenta la fijación de las horas de regulación, considerando la evolución de la demanda y oferta del SEIN, determinándose que los periodos críticos se concentran en 7 horas diarias, valor que resulta técnicamente adecuado, estable y consistente con la confiabilidad del sistema.
Las 7 horas de regulación para el cómputo de la potencia firme hidráulica ya venían funcionando en el periodo anterior del 1 de mayo de 2022 al 30 de abril de 2026.
Más de 190 centrales hidroeléctricas operan en Perú, con una capacidad conjunta de 5,749 megavatios, siendo las más productoras Santiago Antúnez de Mayo, Cerro del Águila, Chaglla, Huinco y Cañón del Pato, ubicadas en el centro de la sierra y la costa.
Según estimaciones del Minem, el país cuenta con un potencial hídrico de 70 GW, de los cuales solo se aprovecha el 8.3%, lo que representa una oportunidad para futuros proyectos generación eléctrica renovable.