Línea de transmisión que recorre Lima y regiones del sur será reforzada con dos proyectos de ampliación

Por iniciativa de la Resolución Ministerial Nº 014-2025-MINEM/DM, se aprobó la segunda modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión de 500 kV S.E. Chilca – S.E. Marcona Nueva – S.E. Ocoña – S.E. Montalvo 2 y Subestaciones; L.T. 220 kV S.E. Marcona Nueva – S.E. Marcona Existente; y, L.T. 220 kV S.E. Montalvo Nueva – S.E. Montalvo Existente”, bajo la titularidad del operador Atlántica Transmisión Sur.

Estas tres líneas se ubican en las provincias Cañete, Chincha, Ica, Nasca, Palpa, Pisco, Camaná, Caravelí, Arequipa, Caylloma, Islay y Mariscal Nieto, en los departamentos de Lima, Ica, Arequipa y Moquegua.

También, se aprobó la segunda modificación al contrato de concesión N° 397-2012, en lo referido a modificar el numeral 1.3 de la cláusula primera, las cláusulas cuarta, séptima y décimo segunda, el numeral 13.2 de la cláusula décimo tercera, la cláusula décimo cuarta, el literal d) e insertar el literal g) en el numeral 2.1 y el numeral 3 del Anexo N° 2.

El director general de Electricidad, en representación del Estado, deberá suscribir la minuta que contiene la segunda modificación del contrato de concesión N° 397-2012, aprobada en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente, y las minutas aclaratorias que correspondan, de ser el caso.

Cabe recordar, noviembre de 2024, la empresa solicitó la segunda modificación de la concesión y del contrato de concesión N° 397-2012, con la finalidad de incluir los proyectos: “Refuerzo 1: Ampliación de la SE Montalvo 500/220 kV (2do transformador)” y “Refuerzo 2: Ampliación de la SE Poroma 500/220 kV (2do transformador)”, incorporados al Contrato de Concesión para el Sistema Garantizado de Transmisión “Línea de Transmisión SGT 500 kV Chilca – Marcona – Montalvo” (Contrato SGT).

Precisamente, mediante RM N° 282-2023-MINEM/DM, de julio de 2023, se autorizó la suscripción de la Adenda N° 3 al CONTRATO SGT, a fin de incorporar ambos proyectos, los cuales corresponde al Plan de Transmisión 2021-2030, aprobado por RM N° 422-2020-MINEM/DM.

A través de la RM N° 226-2017-MEM/DM, de junio de 2017, se aprobó la primera modificación de la concesión y del contrato de concesión N° 397-2012, a fin de consignar que la ejecución de obras y la puesta en operación comercial del proyecto se cumplieron dentro de las fechas señaladas en el Anexo 07 del Contrato SGT.

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