El Ministerio de Energía y Minas estableció con carácter forzoso a favor de la concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica de la que es titular la empresa ATN, la servidumbre permanente de electroducto para el proyecto Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Solimana – S.E. Ocoña, ubicada en los distritos Ocoña y Mariano Nicolas Valcarcel, provincia Camaná, departamento Arequipa.
La solicitud de establecimiento de servidumbre de electroducto involucra a nueve predios: uno de propiedad del Estado, cuyo titular es el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; seis de propiedad privada, respecto de los cuales se ha logrado arribar a un acuerdo; y dos de propiedad privada, respecto de los cuales no ha sido posible alcanzar acuerdo alguno.
Por Resolución Ministerial N° 070-2026-MINEM/DM, se dispuso que ATN efectúe el pago del monto fijado en la tasación realizada por el Consejo Departamental de Lima del Colegio de Ingenieros del Perú, directamente a los propietarios por la servidumbre de electroducto. Si alguno de los propietarios se niega a recibir el pago, deberá proceder a consignar judicialmente el monto correspondiente, dentro del plazo de diez días hábiles siguientes a la notificación de la resolución ministerial. Si vencido el plazo, ATN no cumpliera con efectuar el pago, perderá automáticamente el derecho a la servidumbre.
ATN deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, y los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas.