Grupo de trabajo evaluará viabilidad de tecnología nuclear como opción energética

Mediante Resolución Ministerial Nº 419-2024-MINEM/DM, se dispuso la conformación del Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Energía y Minas, el cual tiene por objeto elaborar la Hoja de Ruta que incluirá conclusiones y recomendaciones respecto a la conveniencia de incorporar la tecnología nuclear como parte de las opciones energéticas de largo plazo en el Perú.

Estará conformado por el ministro de Energía y Minas, el viceministro de Electricidad, el director general de Electricidad, el director general de Asuntos Ambientales de Electricidad, el director general de Eficiencia Energética, el presidente del Instituto Peruano de Energía Nuclear, dos profesionales designados por la DGE, tres profesionales designados por el presidente del IPEN.

Como funciones, estará encargado de identificar y proponer acciones y medidas en el marco de las competencias del sector Energía y Minas, que coadyuven al cumplimiento del objeto del Grupo de Trabajo; evaluar cómo la energía nuclear podría ayudar a alcanzar la neutralidad climática en el plazo estipulado en el Acuerdo de París; identificar las oportunidades de desarrollar capacidad de generación eléctrica con energía nuclear; identificar las oportunidades, costos y ventajas que brindan los reactores modulares pequeños (SMR); y emitir un informe final dirigido al titular del sector Energía y Minas con las acciones desarrolladas como resultado del trabajo realizado.

La Secretaría Técnica está a cargo de la Dirección General de Electricidad del Minem, quien es responsable de brindar asistencia técnica y administrativa durante su vigencia.

El Grupo de Trabajo Sectorial puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional e internacional, sin que ello genere gastos al Tesoro Público.

El Grupo se instalará en un plazo no mayor de 10 días hábiles y tendrá una vigencia de 180 días calendario, ambos periodos contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Las entidades que conforman el Grupo sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

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