Por resolución ministerial Nº 168-2024-MINEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas dispuso el otorgamiento del derecho de servidumbre para la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Catacaos – S.E. Santa Regina, propiedad de la Empresa Transmisora Eléctrica Catacaos.
De acuerdo con el documento, se establece con carácter forzoso la servidumbre permanente de electroducto para la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Catacaos – S.E. Santa Regina”, ubicada en el distrito de Catacaos, provincia y departamento de Piura.
También, se dispone que Eléctrica Catacaos efectúe el pago del monto fijado en la tasación realizada por el Centro de Peritaje “Guillermo Vaudenay Reyes” del Consejo Departamental de Lima del CIP, directamente a cada uno de los propietarios por la servidumbre de electroducto.
Si vencido el plazo, Eléctrica Catacaos no cumpliera con efectuar el pago, perderá automáticamente el derecho a la servidumbre que se aprueba en el artículo 1 de la resolución ministerial, según lo establecido en el artículo 229 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas, y la empresa adoptará las medidas necesarias a fin de que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio.
«Disponer que la Empresa Transmisora Eléctrica Catacaos S.A.C. vele permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio», se lee en la resolución ministerial Nº 168-2024-MINEM/DM.