Por efecto de la resolución directoral N° 64-2025-OS/CD, Osinergmin otorgó el mandato de conexión solicitado por Consorcio Eléctrico de Villacurí (CVC Energía) para que la empresa Electrosur le permita la conexión de una red de distribución a la barra de 22,9 kV de la SET Ilo, con el fin de atender la demanda de clientes libres en la región Moquegua.
CVC Energía argumentó que es concesionaria de distribución en seis regiones del país y tiene la obligación de atender la demanda de energía eléctrica en las zonas donde tiene concesión, a fin de cerrar brechas de conexión eléctrica, por lo que está facultado a solicitar el uso de Sistemas de Transmisión pertenecientes al Sistema Interconectado Nacional (SEIN).
Además, expuso que la demanda solicitada no produciría un impacto negativo en el nivel de tensiones en la SET Ilo, la cual cuenta con capacidad para poder atender la demanda solicitada por CVC Energía en su totalidad, sin afectar la capacidad del transformador actual.
En tanto, Electrosur afirmó que, en una solicitud de mandato de conexión anterior solicitada por CVC ENERGÍA a Osinergmin en la misma barra, se determinó que Electrosur no cuenta con capacidad de conexión, por cuanto si se compromete la oferta instalada habría alto riesgo de desabastecimiento a la población, y pueden generarse pérdidas en carga.
Incluso, señaló que, pese a que la demanda es estimable, las cargas no lo son por depender de factores externos, por lo que comprometer la oferta instalada genera un alto riesgo de desatender a la población, además que los transformadores de potencia son más eficientes cuando operan cerca de su punto de carga óptima, que suele estar en el rango del 50% al 80% de su capacidad nominal.
Tras evaluar la capacidad sin uso de la SET Ilo y el perfil de tensiones presentado, Osinergmin verificó que la barra de 22,9 kV puede abastecer la demanda solicitada, por lo que corresponde amparar la solicitud de mandato de conexión solicitada por CVC Energía.
Electrosur deberá informar el cumplimiento de la presente resolución a la División de Supervisión de Electricidad de Osinergmin en un plazo no mayor 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de su notificación. El incumplimiento de lo dispuesto en la resolución constituirá infracción sancionable de acuerdo a la escala de multas y sanciones de Osinergmin.