El Congreso de la Republica promulgó la ley 31863 que declara de necesidad pública e interés nacional la construcción de plantas desalinizadoras de agua de mar en los departamentos de la costa peruana y la explotación de aguas subterráneas salobres en todo el país.
A través de la Comisión Permanente del Congreso de la República, se declara de interés nacional mediante esta ley con un artículo único, con la finalidad de cerrar la brecha de infraestructura en el sector para garantizar el acceso futuro al agua.
Como disposición complementaria se indica que, en el marco de la declaración de necesidad publica e interés nacional establecida en el articulo único, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y el Ministerio de Energía y Minas, en el marco de sus competencias y atribuciones, en coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales involucrados, dispone las acciones y medidas necesarias para cumplir con el objeto de la declaración.
Características
Una planta desalinizadora o desaladora hoy en día, es un tipo de infraestructura que se encarga de transformar el agua salada del mar en agua apta para el consumo humano. Esto se logra a través de distintos tipos de procesos, filtros y reacciones químicas que, a grosso modo, se encargan de eliminar el exceso de minerales y sales que tiene el agua del mar, que es aquella de más fácil acceso en nuestro planeta.
Tiene procesos de captación de agua, pre-tratamiento, tratamiento y purificación y postratamiento. No obstante, las plantas desalinizadoras presentan algunos inconvenientes -según precisa el blog Structuralia- como que producen residuos y sustancias que pueden afectar la flora y la fauna marina, además de generar un alto consumo energético.