Defensoría solicita el reglamento de ley para retiro de cables aéreos deteriorados

La Defensoría del Pueblo solicitó a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) elaborar y aprobar con urgencia el reglamento de la Ley n.° 31595, Ley que promueve la descontaminación ambiental y el retiro del cableado aéreo en desuso o en mal estado en las zonas urbanas del país.


La entidad señaló que el reglamento debe precisar con claridad los supuestos de aplicación de las disposiciones de retiro de cableado, y las competencias de supervisión y fiscalización de la infraestructura pública.

 

Asimismo, el rol de los organismos reguladores, desde la instalación, mantenimiento, reposición, reordenamiento, reubicación y retiro de los cables empleados para la prestación del servicio de su competencia.

 

Además, recalcó que no se debe incurrir en una demora excesiva. “Como viene ocurriendo con la reglamentación de la Ley n.° 30477, aprobada en junio del 2016 y que también contempló el retiro del cableado en desuso o mal estado, y que debió ser reglamentada en 120 días calendario”, precisó.

 

La Defensoría del Pueblo señaló que las competencias de los organismos reguladores para supervisar las condiciones técnicas y de seguridad de la infraestructura para la prestación del servicio público son de máxima importancia.

 

Informó que ellas constituyen instancias que por su conocimiento, especialidad y experiencia deben ser las responsables de determinar el cableado que, efectivamente, corresponde ser retirado, sustituido o mantenido.

 

Como se recuerda, la Ley n.° 31595 establece un plazo límite de 24 meses luego de la entrada en vigencia de su reglamento, para que las empresas de servicios de electricidad y de telecomunicaciones retiren el cableado aéreo en desuso o en mal estado que se encuentre en las zonas urbanas.

 

Según dicho dispositivo, el referido reglamento debe aprobarse en 90 días calendario, siendo requisito indispensable para su entrada en vigencia.

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