El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) dictó disposiciones relacionadas a la estabilización del precio de los combustibles, a fin de mitigar la alta volatilidad en los precios internacionales del petróleo y sus derivados durante el último trimestre del 2022, que afecta la economía familiar de millones de familias peruanas.
A través del Decreto Supremo 011-2022-EM, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se dispone ampliar la inclusión a las gasolinas de 84 y 90 octanos, al gasohol de 84 octanos y al gas licuado de petróleo destinado para granel (GLP- G), como productos sujetos al Fondo de Estabilización de los Precios de los Combustibles Derivados de Petróleo (FEPC), hasta el 31 de diciembre del 2022.
También se modifica el numeral 2.2 del artículo 2 del DS 025-2021, referido a las condiciones técnicas para la inclusión del diesel BX de uso vehicular en dicho Fondo, y se dispone que la actualización de la banda de precios objetivo para este combustible se realiza el último jueves de cada mes, siempre y cuando el PPI (precio de paridad de importación) se encuentre por encima del límite superior o debajo del límite inferior de la banda.
El DS establece que dicha actualización es equivalente a 5% de la variación en el precio final al consumidor de este producto y en ningún caso deberá superar dicha variación. Se dispone que el presente DS entra en vigencia a partir de mañana lunes 19 de setiembre de 2022.