Osinergmin aprobó medidas excepcionales y transitorias para facilitar el abastecimiento de combustibles en el país, como parte de las acciones adoptadas por el Estado ante la emergencia en el suministro de gas natural declarada mediante Resolución Viceministerial 004-2026-MINEM/VMH.
Las disposiciones, aprobadas mediante Resolución de Consejo Directivo 40-2026-OS/CD, buscan optimizar el uso de la infraestructura logística disponible, facilitar el transporte y almacenamiento de combustibles alternativos y ampliar la capacidad del mercado. Estas medidas estarán vigentes durante el periodo de emergencia.
Los agentes que se acojan a estas disposiciones deberán garantizar el cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad; así como contar con las pólizas de seguro exigidas por la normativa aplicable.
Entre las principales medidas, se encuentran la autorización del uso combinado de tractos y cisternas inscritos en distintas fichas del Registro de Hidrocarburos del mismo operador; autorización para transportar diésel en compartimentos habilitados para gasolinas o gasoholes; y facilidades para la importación de combustibles, permitiendo que unidades con placas extranjeras trasladen combustibles derivados de hidrocarburos o GLP sin requerir inscripción en el Registro de Hidrocarburos, previa comunicación a Osinergmin.
También se autoriza el uso de camiones cisterna de distribuidores de GLP a granel para actividades de transporte, medida que permitirá reforzar la logística para el traslado de este combustible; medidas excepcionales para el almacenamiento de GLP, permitiendo que productores, importadores y comercializadores utilicen plantas de abastecimiento distintas a aquellas en las que se encuentran inscritos; y facilidades para la importación de GLP por empresas envasadoras, las cuales podrán realizar importaciones para el mercado nacional sin requerir una inscripción adicional como importadores.