Exigen a distribuidoras reportar diariamente volúmenes de gas natural

El Decreto Supremo 002-2026-EM ordena a las empresas concesionarias de transporte y distribución de gas natural a reportar diariamente al Osinergmin las cantidades asignadas para atender la demanda del mercado interno según los niveles de prioridad y el sistema de prorrateo vigente.

Una vez declarada la emergencia y activado el mecanismo de racionamiento, las empresas que participan en la cadena de suministro del gas natural deberán remitir información diaria sobre la distribución del recurso, con copia a la Dirección General de Hidrocarburos (DGH).

La norma modifica el Decreto Supremo 017-2018, que regula la asignación de gas natural en escenarios de escasez, con el objetivo de garantizar que el suministro disponible se distribuya bajo criterios de prioridad y con supervisión permanente del regulador.

Durante el proceso de nominación del suministro y transporte, los concesionarios y consumidores deberán comunicar sus necesidades diarias estimadas de gas natural para cubrir la demanda mientras dure la emergencia.